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Tengo por obigacion que dar el cd de fotos despues de entregar la boda?

Iniciado por koko222, 05 de Octubre de 2010, 13:09:44

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koko222

Hola amigo..tengo una pregunta que me gustaria que me ayudarais con ellos..he hecho un reportaje de fotos en una boda,he entregado la boda y he cobrado la misma..el caso es que despues de un tiempo,me vino el padre de la novia que queria el cd de fotos de la boda de su hija,le dije que tenia un coste,el me dijo que por obligacion tengo que darselo,que me demostraria que eso es asi...ahora estoy algo acojonado,de verdad tengo que entregar el cd de fotos una vez entregado el album de bodas por obligacion? la gente se agarra a un palo ardiendo vamos! gracias amigos.

mgayo

Hola, no puedo darte una respuesta 'legal' pero te puedo contar la experiencia, como cliente, con dos fotógrafos distintos:
El primero (comunión de una niña), puesto por la Iglesia (mas o menos lógico al ser unos 20 niños). Este cobraba el CD con las fotos de manera independiente, se lo pedimos y la sorpresa fue que nos entregó un CD con fotos pero a una resolución bajísima (creo que 1600x1200 como mucho) comparada con la que supuestamente hizo las fotos. Realmente decepcionante. De haberlo sabido no habíamos pagado por algo que no sirve para nada.
El segundo (de una boda, elegido por los novios), entregaba un CD con todas las fotos sin coste adicional. En teoría son los ficheros tal cual los proporciona la cámara, pero claro en JPEG. Nada de archivos RAW. No se si en este caso existirá posibilidad de pedri los RAW.

Aunque puede pasar desapercibida hay una diferencia importante entre los dos eventos y es que en el primero hay muchos clientes simultáneos mientras que en el segundo el cliente es único. ¿Que quiero decir con esto? pues que el primero tiene sentido que sea mas cauteloso porque si diese alegremente los ficheros, podrían ponerse de acuerdo los padres para elegir las fotos y con que hicieran el pedido de unas pocas, podrían servirse todos teniendo en cuenta que en muchas aprecen más de un niño. Este aspecto no existe en la boda.

Ya se que no responde a tu pregunta pero te puede servir para ver que es lo que se hace por ahí.

mena

Por obligación legal dudo que tengas que darles nada "extra".
Tu habrás pactado con ellos un trabajo: un album con 30 fotos, dos copias del video en DVD, etc... Lo demás es extra.

Seguramente querrán hacerse ellos mismos un album tipo fotolibro y por eso te las pedirán.....
Mi hermano hace reportajes de bodas y cuando le han solicitado presupuesto y han querido las fotos "tal cual" se ha incluido en el precio. Yo mismo en el bautizo de mi hijo le pedí al fotógrafo todas las fotos en CD y el precio total del trabajo me lo dió incluyendo ese servicio.

Lo tenian que haber dicho antes.....
Saludos.

chavita trek

Hola...desde ya creo que te han dado todas las respuestas.....en un reportaje de boda se pactan las cantidades de material que se debe de entregar, en alguna ocasion me toco un cliente de esos "largos" como se les llama aqui en el norte de mexico mas o menos con el mismo argumento...diciendo que las fotos eran de el...le conteste amablemente que el me habia contratado en un paquete de tal cantidad de fotografias, las cuales ya le habia yo entregado.Lo unico legal por asi decirlo es lo que esta especificado en el contrato. Es el acuerdo al que llegaron. Suerte.

azarias

Pues habría que ver que tanto te afecta a ti al entregar el cd de fotos, hablando en un sentido económico y de clientela, no tiene caso pelearse con la gente, luego se crea mala fama.  o en su caso como comenta mgayo... bajarle la calidad de las fotos y entregarselos.  Dependiendo también de los acuerdos pactados para hacer el trabajo... pero considera que tu trabajo está de por medio.... saludos y exito.
Cada día hay nuevas cosas por descubrir... haz siempre lo mejor.

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Rodolfo Jimenez

Koko22.

No creo que sea obligacion entregar los archivos de las fotos, lo que sì te recomiendo es que, estipules en tu contrato, en el cual especificas que los archivos no se entrega en Cds ni en cualquier otro medio de almecenamiento,

Por que?

La razon yo lo veo asi:  anteriormente cuando no existian los archivos digitales, los negativos de rollos eran propiedad de los fotografos,lo mismo pasa ahora;

que pasa si tu entregas los archivos de tu evento? pasara que el cliente podra imprimir cuantas veces quiera las fotos, y es una entrada de dinero que ya no te estaria beneficiando.

Entonces, antes que todo, dejar bien en claro que los archivos no se graban en Cds, al menos que se llegue a un acuerdo con el cliente, lo cual tendria un costo obviamente justo, pues les explicarias que con esos archivos practicamente pueden imprimirlolas veces que quieran y  bajo costo, me explico,?

Saludos
Todo esta en la Creatividad, tu ¿ donde la tienes?

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koko222

Gracia a todos,me   ha servido de gran ayuda. La verdad que este señor entro en mi tienda con unos modales un poco acidos,lo cual lo  respete y quise enterarme bien sobre este tema,pero vamos,como vuelva,se lo dejo mas que claro,porque a esta gente,hay que aclararselo todo. gracias de nuevo a todos.

Ravioli Producciones

Una cosa es lo que nos interese y otra lo que en realidad es, me ha ocurrido hasta el punto de que me tuve que informar legalmente y esta es la situación:

Primero hay que diferenciar entre propiedad intelectual o autoría de las fotos y propiedad del trabajo realizado.

-Como fotógrafos, "siempre" nos corresponde la autoría de las fotografías que realicemos o lo que es lo mismo su propiedad intelectual, lo que no quiere decir que seamos los "dueños" de las fotos. Así pues la autoría de las fotos siempre nos pertenecerá a no ser que la cedamos voluntariamente.

-Cuando un cliente nos contrata para realizar una fotografía, nos paga para que realicemos un trabajo para él, y como es el que paga, esa fotografía es de su propiedad independientemente del formato en el que se la entreguemos.

Así que tenemos una fotografía que legalmente pertenece al cliente aunque los autores seamos nosotros.

Por supuesto, si al contratar un servicio de fotografía, concretamos con el cliente que "solo" le vendemos un album y no los negativos o archivos originales, no hay duda sobre el tema, pero si no lo concretamos, el cliente es el "dueño" del trabajo que ha contratado y pagado, por lo que podrá solicitar que se lo entreguemos en cualquier formato: 10x15, 20x25 ó archivo digital (la ley entiende que es la misma fotografía en diferentes formatos).

-Así que según la ley, no nos podemos negar a entregarle el trabajo que han contratado y pagado, y habrá que cobrarle solamente los gastos ocasionados por manipulación y grabación de archivos en el formato que se solicite.

-A pesar de todo, seguimos siendo los dueños de la propiedad intelectual de la fotografía, así que teóricamente, deberíamos autorizar y cobrar el correspondiente royaltie de cualquier reproducción que se haga de la misma "con fines comerciales" no personales o de uso interno. Por lo que nuestro cliente no podrá vender su foto para una campaña de publicidad sin nuestro permiso, pero si se podrá hacer copias para ponerlas en casa.

Así que entiendo que seamos reacios a separarnos de nuestros negativos/archivos pero creo que con la fotografía digital se abre un nuevo mundo ante nosotros: tengo clientes que me han pagado por fotografías que querían se las mandara directamente por e-mail para poner en Facebook (nada de copias impresas), esto está cambiando y tenemos que adaptarnos.

Hay profesionales que están separando el trabajo de fotografía con el de diseño, cobran X euros por hacer una boda, y entregan los archivos en un pen drive, luego aparte te ofrecen servicios de direño de albumes digitales y demás.

Pensemos que un albañil nos hace una casa y nos entrega la llave, luego queremos tirar un tabique... podemos llamar de nuevo a ese albañil, a otro o tirarlo nosotros.
Ravioli Producciones
http://ravioli.jimdo.com

mgayo

Únicamente una puntualización al primer punto de Ravioli, la propiedad intelectual es inalienable y no se puede ceder (en este caso la autoria da las fotos) ni voluntaria ni forzosamente.
Si os fijais bien esto es lógico, el que ha CREADO el trabajo, sea un poema, una novela, una foto, una canción, etc. es el que lo ha hecho y eso ya está y no lo puede cambiar nadie.

Otra cosa es la explotación comercial de la obra. Esa si se puede ceder mediante contratos a otros para que la exploten comercialmente, haciendo copias o cediéndola (con o sin contraprestación) para utilizarla en otra obra.

Ahora un comentario personal:
Respecto al tercer punto, si no se especificó inicialmente sino que únicamente se habló de fotos (en abstracto), entiendo que el fotógrafo cumple entregándolas en papel o en CD o en un pen drive o esculpiéndolas en marmol, pero no necesariamente en todos los formatos. Es decir si el cliente desea la versión en CD debería devolver el álbum. Como esto seguramente no le interesará, se tendrá que conformar. Esto, al contrario que el primer punto es solo una opinión.

Ravioli Producciones

Correcta la puntualización sobre los derechos de la propiedad intelectual.

Con respecto a lo que comentas, la LEY en caso de que no esté especificado en un contrato, no distingue si una fotografía se entrega en papel 10x15, un lienzo 50x70 o grabadas en un CD como dices, por eso el autor no se puede negar a entregar las fotos en el formato que el cliente solicite, otro tema aparte es el costo adicional que tenga convertir las imágenes a ese formato, ya sea hacer una ampliación o grabarlas en un CD, eso si está contemplado.

Yo creo que la mejor opción es dejar claro con los clientes, "Qué es lo que están comprando". Esta semana he realizado unas fotografías (de moda) y el cliente quiere los archivos a máxima resolución para su publicación.

Si en una boda los novios quieren los archivos digitales para luego hacerse un album Hofmann o lo que sea, están en su derecho de pedirlos y nosotros debemos tenerlo claro y simplemente valorarlo.

Echad un vistazo a las tarifas de Joseba, tiene de base la opción de entregar los archivos.
http://www.josebasandoval.com/
Ravioli Producciones
http://ravioli.jimdo.com

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