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¿Puedo poner el villancico "Jingle Bells" en mi video?

Iniciado por josequinta, 28 de Noviembre de 2008, 16:04:39

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josequinta

Saludos. El tema es que tengo que poner el villancico "Jingle bells" en un video, pero no puede tener derechos de autor. Creo que si pones un villancico ya hecho, los derechos de autor pertenece a la discográfica que lo haya producido, pero... El caso es que si yo hago mi version del jingle bells con mi piano y la pongo en mi video... ¿Seguiria teniendo derehos de autor, o los villancicos son "libres"?

Muchas gracias!

Saludos  
Jose Luis Quintanilla (JoseQuinta)

ZIC

Hola. En mi opinión, claro que no tengo ninguna autoridad para afirmarlo, yo creo que:
Si el video lo usarás en forma particular, no comerciál, no le veo problemas, creo que es como usar música en una fiesta o reunión.
Además creo que ese tema es ya "tradicional" y tal vez ya no tenga derechos de autor. Por lo que sé, por ejemplo en las obras teatrales, luego de unos años (creo que 50) pasan a ser de libre uso. Shakespeare es un ejemplo, cualquiera puede realizar sus obras.
Pero creo que al intérprete sí deberías pedirle autorización u otorgarle regalías pues es su trabajo. Podría ser buena idea, llegado el caso, tener una interpretación personal.
En definitiva, depende del uso que harás con tu video.
Espero te sirva de algo o que otro "videoedi" lo explique mejor que yo.
Saludos

Doris

off topic

esto me recuerda una peli que vi del nieto del autor de un villancico que vivía SOLO de lo que recibía por su "herencia".

fin off topic

Supongo que si, que depende donde usaràs el trabajo. Pero hasta me han bajado videos de vimeo y de youtube por utlizar música de la que no tengo la autorización del autor/interprete.

Saluditos y nos cuentas!
Y de su cielo la luz, resplandor en la mirada .

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Un lugar para cada cosa y cada cosa en su lugar. Paciencia!!

landidiego

a mi me bajaron una de you tube, por la música.
Reclame indicando que no era comercial, y la repusieron al día siguiente.

josequinta

Es para YouTube, para el concurso de iBanesto. En las bases pone que no se pueden utilizar musica que no esté libre de derechos. Por eso, yo voy a hacer mi version de Jingle Bells, pero necesito saber si la típica melodia (sin letra ni nada) está libre de derechos. Supongo que sí, pero no estoy seguro.

Salu2
Jose Luis Quintanilla (JoseQuinta)

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ZIC

Hola, he estado buscando por Internet y lo que he encontrado es lo siguiente:

Autor: Señor James Pierpont publicado en 1857

En otras páginas en donde está este tema. publican, pero con otras letras, que no son las originales, ni la de nuevos autores que registren la suya. Sólo permiten la publicación de letras creadas por quien las sube.
En una página (hay varias), que publican la canción, al final hay una advertencia:

Nota: Sólo podemos publicar canciones que están en el dominio público, así que por favor no nos envíe las canciones con derechos de autor a menos que usted posee los derechos de autor!

Por lo que deduzco que el tema musical es libre,por eso lo publicaron, no así las letras corregidas o readaptadas a diferentes países e idiomas que pueden estar bajo copyright.
También busqué si está bajo derecho de autor y no encontré nada que indique que sí lo está, aunque hay varias páginas en inglés con este cuestionamiento pero sin respuesta.
Creo que si tu la incluyes con tu interpretación, no debería existir inconvenientes, y si You Tube la deniega deberías indicarle que es tu versión personal de un tema ya de libre utilización.
Te deseo suerte.

josequinta

Muchas gracias ZIC!    (y a todos los demás tambien, por supuesto)
Jose Luis Quintanilla (JoseQuinta)

ZIC

Hola otra vez,
He adjuntado en un archivo .txt parte de la ley que rige por lo menos en Argentina (SADAIC) sobre este tema, y, supongo que deben ser similares en varios países porque estas asociaciones trabajan mancomunadas en estas cosas. Habla que los derechos caducan a los 70 años, no como yo escribí antes a los 50 luego del fallecimiento del autor.
Mucha suerte y Feliz Navidad!

Pakoluke

Operador de cámara informativos de televisión.
Editor y formador .
Jubilado.

landidiego


Doris

Muy buenos comentarios Zic. Valoro como muy ùtil este hilo!

Saluditos!
Y de su cielo la luz, resplandor en la mirada .

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Un lugar para cada cosa y cada cosa en su lugar. Paciencia!!

Topillo

Cita de: Pakoluke en 28 de Noviembre de 2008, 22:55:37
Una llamada  a la SGAE y te lo aclaran....

Si por descolgar te cobran 12 cent que sepas que esta llamada en concreto lleva un canon de 500 euros por establecimiento de llamada.    

Weapons

 
CitarWeno, q tonterias
estimado usuario
ciñase a la pregunta y de argumentos a favor y en contra, pero no menos precie las opiniones de nadie, al igual que nadie menosprecia las suyas

un saludo

Weapons

en España hay dos leyes basicas que regulan el tema
el Codigo Penale los articulos 270 al 272
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.html
y la Ley de Propiedad industrial
http://www.derecho.com/l/boe/ley-22-1987-propiedad-intelectual/

en tu caso me atreveria a decir que no genera derechos ,ya que a mi me paso una cosa parecida, llame y me dijeron que no habia problema.

telefono de la SGAE   913 499 500
off topic "son un poco bordes  , pero te sacan de dudas

un saludo

kayuco

Hola:
Los derechos de autor como bien decís caducan a los setenta años de la muerte del autor. No obstante existen derechos de autor de los interpretes, caso de la música clásica, por ejemplo. Pero como lo has interpretado tú, los derechos son tuyos y como el autor murió, según he leido en este post, hace más de 70 años, no tienes ningún problema.

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