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Copyright en la música...

Iniciado por , 06 de Octubre de 2003, 23:54:22

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Bueno. Sé que el tema es complicado pero me quizá alguien sepa un poco cómo funciona todo el tema de pedir estos derechos.

Si yo quiero coger la canción de alguien conocido para un Dvd que un cliente mio va a comercializar cómo tengo que hacer??...con quien tengo que ponerme en contacto para pedir los derechos??...Hay posibilidades de que me cedan los derechos o suelen "sangrar" a la tropa???

xvcd

#1
Ponte en contacto con la SGAE (www.sgae.es) y que te resuelvan la duda legal y económica. Entérate también la multa que te resultaría por incluir esa música en el DVD sin tener los derechos. Quizá te convenga arriesgarte.
Visítame en www.pixword.com

Novatus

nukero, si te enteras de algo, háznoslo saber, que creo que es un tema que nos interesa a muchos. Gracias
NOSCE TE IPSUM

Hellegao

Quizás si el dvd para tu cliente lo vá a comercializar, pues informaté. Pero había otro mensaje en el foro que sobre los derechos de autor en la peliculas propias y yo tengo un amigo fotografo y video profesional y tanto él como creo que todos los profesionales que hacen videos de boda y comunión no mirán por el copyright ni derechos de autor ni leches ellos cojen la canción que les interesa y para lante .
Osea que para un video normal yo no me calentaría tonto el coco, la cosa es si este video vá a ser muy visto pues lo dicho a información.
Un día, yo, pensé lo mismo.
      Ha Llegao El Hellegao.
Pedirme lo que sea, menos favores y dinero.
            
¡Papáaaaa! hazme fotos y videos, mickey mouse

De momento he optado por tirar de flashkit para la música que tengo que meter en el DVD que estoy haciendo para un laboratorio farmaceutico.

Lo de los derechos en la música me interesa mucho así que iré informando. En cuanto hable con mi abogado sobre este tema (se está enterando de todo esto) os lo comunico por el foro.

saludos

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Novatus

Muy bien, esperamos ansiosos tus indicaciones  ;D
NOSCE TE IPSUM

Ramón Cutanda

Ten por seguro que lo que digas irá a la sección de preguntas frecuentes...

Gracias por contactar con SGAE. En respuesta a tu consulta te recomendamos
que visites nuestra web (www.sgae.es) donde encontrarás, en primer lugar,
interesante información acerca de las adaptaciones o arreglos musicales.
El mejor modo de acceder a estos datos es el siguiente:
- Sitúate en la página de inicio (www.sgae.es).
- En la franja roja de la izquierda ("Socios SGAE") entra en el apartado
denominado "SERVICIOS JURÍDICOS".
- Pulsa en la franja roja izquierda el apartado "Preguntas habituales en
Derecho de Autor (Faq´s), y seguidamente en "El Autor y su obra":
"Derechos" (también en la columna lateral izquierda de color rojo).

En esta sección hallarás (entre otras) la respuesta a interesantes
cuestiones referidas a adaptaciones:

"¿Se puede hacer adaptaciones y/o arreglos de una obra ya existente? Sí,
siempre que esos arreglos o adaptaciones estén debidamente autorizados por
el autor de la obra preexistente. En estos casos está afectado el derecho
de transformación cuyo ejercicio exclusivo corresponde por imperativo
legal al autor respecto de su obra.
Tiene derechos de autor el arreglista o adaptador? La Ley de Propiedad
Intelectual establece que, sin perjuicio de los derechos de autor sobre la
obra original, también son objeto de propiedad intelectual las obras
derivadas tales como las adaptaciones y arreglos musicales, entre otras.
Al autor de la obra original le corresponde el ejercicio exclusivo del
derecho de transformación (traducción, adaptación y cualquier otra
modificación en su forma de la que se derive una obra diferente). Ahora
bien los derechos de propiedad intelectual de la obra resultado de la
transformación, corresponderán al autor de esta última sin perjuicio del
derecho del autor de la obra preexistente de autorizar, durante todo el
plazo de protección de sus derechos sobre ésta, la explotación de esos
resultados en cualquier forma. Por ello, en la práctica, suele acordarse
un reparto de los ingresos derivados de la explotación de la obra nueva
entre el autor de la obra preexistente y su adaptador."

Una vez te hayas dado de alta como socio en SGAE, podrás registrar tus
obras con nosotros (de forma gratuita). En el caso de las adaptaciones,
los pasos a seguir son los siguientes:

- Sitúate nuevamente en la página de inicio, en la franja izquierda roja
titulada "Socios SGAE", y entra en "Registro de Obras".
- En la página que se abrirá, verás las tres opciones de registro de obra:
pulsa en "Declaración de Obras Musicales".
- Lee atentamente el punto que aparecerá por defecto y, posteriormente,
entra en los apartados "Cómo declarar tus obras musicales si eres autor:
Procedimiento" y "Algunos casos particulares". Aquí encontrarás los datos
que debes facilitarnos para registrar las adaptaciones o arreglos (lee el
primer punto "Adaptación musical.
1. Si tu obra es una adaptación o arreglo de una obra musical de otro
autor, tienes que contar con la autorización escrita del autor original o
sus herederos. En la declaración de obra musical tienes que incluir el
porcentaje asignado al autor original y el tuyo como adaptador o
arreglador.
2. Si la obra es una adaptación de otra de dominio público o popular,
incluye el título y nombre del autor original o la mención popular, según
el caso.
3. En ambos casos debes adjuntar un ejemplar del arreglo o adaptación.")
El formulario que debes cumplimentar para la declaración y una guía que te
ayudará a rellenar los puntos de dicho formulario (están al final de esa
pantalla).

Por último, SGAE recomienda que también registres tus obras en el Registro
de la Propiedad Intelectual como método de protección (para evitar la
copia o el plagio). Visita su web oficial:
http://www.mcu.es/Propiedad_Intelectual/indice.htm alojada en la página
del Ministerio de Cultura (www.mcu.es), donde encontrarás amplia
información sobre qué es este Registro, qué obras se pueden registrar
(como es el caso de las obras musicales), los requisitos para la
inscripción y dónde realizarla. En el apartado "Direcciones de Interés"
(en la franja izquierda amarilla una vez ya hayas pulsado en el icono de
Propiedad Intelectual) podrás encontrar cuál es la oficina más cercana a
tu domicilio o población.


Espero que ésto os sea de utilidad.
( Extraído de una consulta realizada por DJ Nigo )

PROCDJ

Este tema es muy interesante y delicado, aqui en Perù no hay muchas trabas con el copyrigth, es mas, deveria llamarce COPY IS RIGTH  :P, entonces antes de hacerme lios, por que uno nunca sabe si te dicen la verdad, es decir si el producto es para ellos solamente o si es para venta en general, yo les hago firmar un contrato en el que menciona que solo soy editor mas no productor, que todo material obtenido es propiedad del cliente y las responsabilidades son solo de el, ya sea en imagenes, musica, ventas. etc, ( aveces e editado pornos con figuras publicas y como que si saben de donde salio eso me pueden fregar a mi) entonces el editor deberia librarce de toda joda respecto a lo que quiera un cliente, la otra opcion es trabajar con ELEMENTOS DE PRODUCCION es decir CDS LIbres de derechos como son las librerias del NETWORKMUSIC O SOUND IDEAS, que son buenas librerias de audio y musica libre de derechos.

 SI NOSOTROS PRODUCIMOS algo para la venta pues alli radica el peso sobre nosotros, PERO SI UN CLIENTE lo pide pues que sepa "ÈL" DE ESTO se le da a conocer la pagina Y JODER, nosotros a nuestro trabajo que bastante tenemos, Por ejm hace poco edite dos videos de un evento aqui en LIMA del IMF ( International Music Festival)  y esta alojado aqui http://www.houseperu.com/videos.htm y le puse musica de Junkie XL un conocido productor Ingles qeu se presento alli y un envidioso quiso fregarme con el copy rigth , gracias a DIos lo hice gratis es decir grabe y edite y lo regale al dueño de la pagina, MAS NO LO VENDI, es decir no tengo ni un beneficio ecepto el del EGO, me caeria una multa por eso?

Temas legales, chess que cosas tan feitas pero utiles.

Estamos en el futuro ... no en el presente

Dependiendo de la legislación de cada país... pero en ése aspecto, aunque no hayas ganado NADA, has " toqueteado " o fragmentado una obra... y eso hay que pagarlo. Es decir, que puestos a buscarte las cosquillas... si te las buscan y tienen dinero para ello, búscate un abogado o declárate tonto permanente  ;D ;D

Es lo mismo que si yo compro un CD cualquiera, le saco mil copias y las regalo... ¿ Quién paga los derechos ? ¿ Que gana el autor por su trabajo ?

Preguntas básicas con respuestas elementales... aunque Junkie XL es un muermazo !!!

erixel

JAMÍS REGISTRÉIS NADA EN LA SGAE.... son rufianes y lo que agarran no lo sueltan... si registras algo de forma gratuita es pq si alguien te copia lo que sea... quién va a cobrar la multa o los derechos? Tú no, desde luego...

Con cuidado amigos
Todo el mundo miente, la incógnita es por qué.

jas

Hola, hace mucho que uso este foro para mantenerme informado o resolver dudas pero esta es la primera vez que escribo... En primer lugar quiero dar las gracias a todos los participantes, moderadores y a videoed por compartir sus conocimientos y dudas...  eso es precisamente lo que hace de internet y sus foros algo grande y sin fronteras.... Si no he participado antes ha sido, o bien porque mis posibles dudas ya estaban resueltas en los hilos ... o bien, porque los conocimientos que yo pudiera aportar estaban tb ampliamente superados por las aportaciones de otros foreros....:)
       
        Llevo tiempo interesado por el tema de los derechos de autor de la música que metamos en nuestras producciones y me gustaría aportar mi granito de arena escribiendo aquí algunas conclusiones a las que creo haber llegado:

       1ª Todo autor tiene derecho a cobrar por la obra que ha creado. (lógico pues el aire no alimenta)...
       2ª Existen en internet sitios (sobre todo americanos y en inglés) de dónde todo hijo de vecino puede bajarse música de libre distribución y "sin derechos de autor", y lo pongo entre comillas puesto que si usamos esas canciones como empresa o bien con un fin comercial, si que tendremos que pagar por ella un canon a la empresa que la distribuye o edita (hay varias).... Es decir, compras a estas empresas la licencia (derecho) a poder usar "música libre de derechos".... es un poco lioso y contradictorio... ¿no?...
       3ª Si somos una empresa pequeña, con pocos medios, corresponsal mayormente de las BBCs, podremos arriesgarnos a meter música de cualquier tipo en nuestros videos que vayan a tener una difusión escasa (bodas, cumpleaños... etc...), en este caso los vacios legales acerca de las segundas copias y lo que se pueda entender por "distribución", pueden librarnos de jaleos... (pero no es seguro)....
       4º Si somos una empresa pequeña, con pocos medios y queremos meternos en la producción de documentales o publicidad y estamos en España, tenemos varias posibilidades con la música:
                     -Hacerla nosotros o encargarsela a alguien.
                     -Usar música cutre de la que venden algunas       empresas dedicadas a esto..
                     -Pagar los derechos que a su vez implica:
                                 +Licencia de Primera fijación, es decir, tener el permiso del autor o editor (aquí el precio depende del caché del artista).

                                 + Pagar a la SGAE otro canón (normalmente fijo y estipulado en tablas) por usar obras registradas. Hay muchas tarifas, dependiendo de la duración, la empresa, el uso que se le vaya a dar etc.....


       
        Bueno, sin más, esperando  que alguien me complemente o corrija si he metido la pata y  también haber sido de utilidad a otros , me despido hasta la próxima vez que escriba (no sé cuando será)... de momento os seguiré leyendo a todos... muchas gracias....

GLM

tu aporte es muy util y aunque yo imaginaba que asi venia la cosa, me lo confirmas: ya que estoy por ahcer un proyecto a nivel nacional, y claro... la musica la tenemos que hacer.
Muchas gracias.

jas

Pues lo siento pero no te puedo confirmar nada... lo que he escrito no son más que las conclusiones a las que yo HE CREIDO llegar, pero no soy un experto en la materia, simplemente he ido recogiendo información de los foros, de los enlaces a la SGAE, de los del ministerio de cultura, de las páginas de royalty-free (he visitado unas cuantas), etc....

      Siento no poder serte de más ayuda... solo te digo: ánimo compañero....

      Una vez encontré una página en español donde unos alemanes con delegación aquí vendían colecciones de música para usar en videos corporativos, institucionales y cosas así... creo recordar que cobraban unos 350 euros o algo así por el paquete más básico que creo podías usar de por vida.... esta tarde la he estado buscando pero lo de siempre, cuando buscas una cosa, no la encuentras..... si la encuentro ya la pegaré por aquí para que podamos opinar todos.....

    Hasta otra. Un saludo.

jas

#14
Bueno, la página no la he encontrado, pero si un e-mail en el que me respondían acerca de mi consulta. El correo es del 19 de octubre del año pasado así que las tarifas pueden haber cambiado... También, por la extensión de la dirección del correo, he encontrado su página web pero esa no es la que visité yo o ha cambiado y en ella no he encontrado nada acerca de música....  Pego parte del correo que me enviaron y el nombre de la empresa, por si alguien quiere comprobarlo o ponerse en contacto con ellos...

"Highland Musikarchiv pone a disposición de sus clientes cientos de melodías, jingles, canciones y efectos de sonido en una serie de CDs temáticos.
Estas melodías son perfectas para ilustrar una pieza televisiva o radiofónica, un video corporativo, industrial o social.
Cada cliente dispondrá de un contrato que ratifica su derecho a utilizar esa música, y que podrá hacer uso de ella tantas veces como quiera, sin limitación de tiempo, ámbito o número de usos.

Highland Musikarchiv dispone de 2 tipos de licencias. Una destinada al uso privado y otra para uso comercial. El usuario puede actualizar en cualquier momento la licencia de uso privado a la de uso comercial, lo que proporciona una gran versatilidad a la hora de elegir el material sonoro de sus producciones".



Las tarifas venían en un pdf aparte, pero se puede resumir en lo siguiente:

Precio unitario 199 €
hasta 3 CDs 170 €
hasta 5 CDs 150 €
hasta 10 CDs 138 €
hasta 20 CDs 125 €
1 "Best of...? 230 €
1 Effects and Sound 24,05 €

La empresa se llama warp9, seguramente muchos la conozcais porque parece ser que tb se dedica al mundo del video, ediciones NL etc.....

Espero haber sido de ayuda a alguien...... y si alguien conoce qué tipo de música es la que te puedes encontrar en este tipo de Cds, que nos lo cuente.....

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