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Ayuda Deposito Legal

Iniciado por Hoplita, 16 de Octubre de 2004, 20:14:44

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Hoplita

Hola, estoy produciendo un cortometraje a calidad semiprofesional grabado en vídeo digital (miniDV) y me interesaría registrarlo en el depósito legal. Acerca de este menester tengo algunas dudas:

1º. Se llamará "El pecado de los Hombres". Si algún libro, música, película, etc, tiene el mismo nombre, ¿deberé que cambiar el nombre a mi cortometraje?

2º. A parte de las imágenes grabadas con mi cámara, utilizo en el corto imágenes de documentales registrados (BBC, National Geographic, etc) y además, uso músicas registradas. ¿Podré a pesar de esta utilización, registrar el corto? Según me dijo un profesor de cine, podré registrar SOLO mis imágenes, es decir, todo el material audiovisual que yo haya utilizado en el producto que tenga autor ajeno, no podrá ser registrado bajo mi nombre. ¿Es esto cierto?

3º. El producto lo presentaré en DVD con menú interactivo realizado a través de un programa informático (Ulead DVD Workshop 2.0). ¿Se puede registrar así, con menú de DVD, o debo entregar el producto solo, sin menú?

4º. ¿Cuál es el precio para registrarlo? ¿Que documentación debo aportar, a parte del formulario de relleno?

Gracias por todo.
"Vergüenza Ajena", se llevó 2 Oscars.... después la policía los confiscó.

Hoplita

Podrian ayudarme con la duda más abajo publicada sobre El depósito legal???? Espero ansioso, gracias.
"Vergüenza Ajena", se llevó 2 Oscars.... después la policía los confiscó.

Zeros

Tal vez no sepamos la respuesta  :-\, yo al menos no la se. Paciencia.
"May the FOURCC be with you..."

KuNowsky

En el registro de la propiedad intelectual de tu ciudad deben saber todas estas cosas...

yo la verdad es que no controlo este tema... pero me aventuro a decir que deberás tener permiso de uso de la bbc y national geographic  para usar material suyo y registrarlo dentro de tu obra...

Saludos y suerte

Hoplita

Gracias, pero pregunto en los lugares de mi provincia y me dice: Lease el articulo bla bla bla de la ley de bla bla bla. Me lo leo y no me entero ni de jota. Por eso prefiero personas antes que leyes y promulgaciones, pero gracias de todas formas... y si alguien sabe del tema y tiene caridad que me conteste por favor.....
"Vergüenza Ajena", se llevó 2 Oscars.... después la policía los confiscó.

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Te contestaré a lo del "título". Un título no es susceptible de plagio, es algo demasiado genérico como para ello. Cuántas canciones se llamarán "I love you"  :<img src=" title="Roll Eyes" />

Eso sí, se puede registrar un título también como una marca registrada y no podrás usarlo, véase "Stars War", "Toy Story", etc...

maikel

Efectivamente, si registras el título "El pecado de los Hombres" como la marca (trade mark) de un audiovisual, nadie podrá volver a usar ese título para la misma línea de producto; eso no quiere decir que alguien registre esa misma marca a una nueva línea de cosmética.

Lo que está claro es lo que han comentado los compañeros, si registras algo tuyo que contiene algo registrado, primero deberás contar con el permiso de quien registró lo que tú quieres incluir en tu registro.
Vaya trabalenguas  :P
Un camino de mil kilómetros comienza con un solo paso.

No te burles maikel, que yo me pinto las uñas con "el pecado de los hombres"

 :P :P :P :P

maikel

#9
Coño, pensé que seguías en la misma línea colorista de la Ígata Ruiz. No sabía que cambiastes tan pronto. Eso es como cometer un pecado  ;D

 :jiji:
Un camino de mil kilómetros comienza con un solo paso.

Estás desfasadísimo. Hace años ya que cambié...  :P :P :P :-X :P :P :P :P

maikel

Pues a tí te quedaba de vicio en la uña del deo gordo, la de tocar el bordón  ;D

P.D.
Aquí dejo un interesante enlace para Dooku:
Legislación Española relacionada con el Depósito Legal
Un camino de mil kilómetros comienza con un solo paso.

bicho

hola
yo he registrado un par de trabajos con sus menus y sus coñas marineras sin problemas.....
además del formulario de marras debes aportar tres copias del trabajo (es decir, antes de nada te van asignar el número de depósito legal para que puedas hacer la tirada que desees de tu obra y que en ella conste este número; con la entrega de las tres copias ya concluye el proceso de registro...`por cierto esas copias van a ir directamente a la biblioteca pública del lugar, desde donde quedarán accesibles a los "corsarios")
las dudas que planteas respecto al trabajo de otros son razonables perooooooooo......si usas el curro de otros y se enteran preparate para afrontar sus demandas. Si no vas a comercializar lo que hagas pues igual libras....el tema de la música es para mí el más jodid...es casita salen unos reportajes con músicas de gran prestigio que a los vecinos encandilan, pero a la hora de comercializarlos te tienes que ir al tambor y a la pandereta y la cosa PIERDE QUE TE CA...

APROVECHO PUES PARA HACER UNA PREGUNTA (que como no somos expertos en legislación puede quedar sin respuesta) ¿y si un coleguilla virtuoso de diferentes instrumentos nos interpreta un tema compuesto por otros?  (de hecho es lo que intento hacer ahora para incrementar el tirón del próximo deuvedé) ...de esta forma quizás si se pueda registrar el trabajo y de paso damos de comer a los de la guitarra en la acera :D
instalado en la perplejidad contínua por culpa de la videoedición

javienigma

Primero, respecto al uso de material audiovisual que no es nuestro, siempre hay que solicitar los derechos para poder utilizarlo, y por supuesto casi siempre hay que pagar.
Ahora bien, y siempre lo digo, en función de la salida que vaya a tener vuestros trabajos, pues hay un mayor o menor nivel de cumplimiento.

Respecto a usar música de otros pero tocados por colegas, pues lo mismo, ya que estás usando partitura de otros. Otra cuestión son los temas que se asemejan pero no son idénticos, muy empleados en publicidad. Pero ojo, la similitud no puede ir más allá de creo, diez elementos.

Un saludo.
Dual 2 Core E6600 (2 x 2,4GHz, 4Mb, 1066 FSB) ,2GB RAM, 2HDD Internos 250GB, 2HDD Externos USB 250GB, ATI X1600 512MB, Windows XP Profesional SP3

Garcy

Os comento, tengo un amigo en una televisión local y este me comenta a su vez, que ellos algunas veces han tenido que usar imagenes de otros programas y por este hecho, han tenido que pedir a las distintas productoras (que no es lo mismo que las cadenas por las que se emitieron ) los derechos de emisión de algun o algunos fragmentos, teniendo que firmar contratos en los que se especifica el ambito de emisión y la obligación de poner "imagenes cedidas por .........", y que en ningún caso estas imagenes se usaran para lucro de particulares ya que tienen pagados los derechos de emisión y divulgación pública. En caso contrario deberan abonar xxx euros.

 Por lo tanto el usar usar música e imagenes de otros sin previa autorización del autor es delito. Aunque hay excepciones, la música creada antes de no se qué fecha es de libre uso (es música creo que de hace tres siglos o algo así) y en las imagenes el tema cambia, hay imagenes de libre difusión, pero ¿quien tiene una base de datos de estas imagenes.

 Espero haber aportado algo util

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